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ADA / TÍTULO VI INFORMACIÓN
Descripción general del plan de transición ADA

La Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) se promulgó el 26 de julio de 1990 y luego se modificó a partir del 1 de enero de 2009. Tal como está escrita e implementada, la ADA brinda protección integral de los derechos civiles a las personas con discapacidades en las áreas de empleo, estatales y locales. servicios gubernamentales, acceso a alojamientos públicos, transporte y telecomunicaciones. La ADA es una legislación complementaria de los derechos civiles de la Ley de Derechos Civiles de 1964 y la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973. Para estar protegido por la ADA, uno debe tener una discapacidad o tener una relación o asociación con un individuo con un invalidez. La ADA define a un individuo con una discapacidad como una persona que tiene un impedimento físico o mental o un registro de dicho impedimento, o una persona que otros perciben que tiene dicho impedimento. La ADA, sin embargo, no menciona específicamente todos los impedimentos que están cubiertos. La ADA se divide en cinco secciones que cubren los siguientes temas:

 

  • Título I: Empleo

  • Título II: Servicios públicos (y transporte)

  • Título III: Alojamientos públicos (e instalaciones comerciales)

  • Título IV: Telecomunicaciones

  • Título V: Disposiciones varias

Descripción general del plan de implementación del Título VI

Este es el Plan de Implementación del Título VI que forma parte del esfuerzo continuo y continuo de la Ciudad de Ferdinand para cumplir de manera proactiva y exceder los requisitos mínimos de cumplimiento establecidos bajo el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 (Título VI), 49 CFR 26, y los relacionados estatutos y reglamentos contra la discriminación. Con este Plan de Implementación, la ciudad de Ferdinand busca proporcionar transparencia continua, claridad y orientación técnica para los componentes internos y externos con respecto a su programa del Título VI.

Title VI Notice

For those persons interested in attending public meetings, The Town of Ferdinand shall utilize a voluntary Title VI public involvement survey that will be available at all public hearings and meetings. The survey will allow respondents to remain anonymous. The survey will ask questions regarding the respondent’s gender, ethnicity, race, age, income and if they are disabled. The facilitator of the public hearings and meetings will make an announcement at the beginning of the meeting informing attendees of the survey and its purpose and a request will be made for the attendees to complete the voluntary survey.  Completed surveys will be retained by the Title VI Coordinator for three (3) years.

Recursos:
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